Guía práctica · Artículo 50 del AI Act

Cómo etiquetar la publicidad hecha con IA, canal a canal, antes del 2 de agosto.

Desde el 2 de agosto de 2026, identificar la publicidad generada o alterada con IA es obligatorio en la Unión Europea. Esta guía explica en términos operativos qué piezas necesitan etiqueta, cómo se etiqueta en cada canal, qué es el marcado legible por máquina y quién responde de todo ello. Sin jerga jurídica.

Escrita por EficiencIAl Studio, productora nativa en IA que entrega másteres ya etiquetados y trazados

En una frase: el artículo 50 del AI Act obliga desde el 2 de agosto de 2026 a que la publicidad generada o alterada con IA sea identificable en toda la Unión Europea, y eso se cumple en tres capas: etiqueta visible adaptada al canal, marcado técnico legible por máquina dentro del fichero y documentación que pruebe el criterio aplicado.

Norma
Reglamento (UE) 2024/1689, art. 50
Obligatorio desde
2 de agosto de 2026
Afecta a
Marcas, agencias y productoras
Alcance
Piezas emitidas en la UE, se produzcan donde se produzcan
Las tres capas
Etiqueta visible · marcado técnico · documentación
Sanciones
Hasta 15 M EUR o el 3% de facturación

Lo que dice la norma

Tres obligaciones, contadas sin jerga

El artículo 50 del Reglamento de IA introduce deberes de transparencia que tocan de lleno a la publicidad. Reducidos a lo operativo, son estos.

1 · Que se vea

El público debe poder reconocer que una pieza publicitaria fue generada o alterada con IA: una identificación clara, adaptada al medio en el que se emite.

2 · Que lo lea una máquina

El fichero debe llevar un marcado técnico, metadatos y credenciales de contenido, que declare su origen artificial aunque la etiqueta visible desaparezca al recomprimir o recortar.

3 · Que nadie hable a escondidas

Si la campaña incluye un chatbot o un asistente virtual, el usuario tiene que saber que no conversa con una persona.

La Comisión Europea publicó en junio de 2026 su Código de Buenas Prácticas sobre marcado y etiquetado de contenido generado con IA. Las reglas del juego ya están escritas.

Primera decisión

Qué piezas necesitan etiqueta y cuáles no

La pregunta correcta no es "¿usamos IA?", sino "¿la IA generó o alteró de forma sustancial lo que se ve o se oye?". Este es el criterio práctico que aplicamos.

Caso¿Etiqueta?Por qué
Vídeo, imagen o voz generados desde ceroEs el supuesto central de la norma: contenido sintético que el público podría tomar por real.
Metraje real alterado de forma sustancial (escenas añadidas, rostros modificados, voces clonadas)La alteración cambia lo que el espectador cree estar viendo u oyendo.
Personas sintéticas o dobles digitales que aparentan ser realesSí, con claridad reforzadaEs el terreno de los ultrasuplantados (deepfakes), el caso que más vigilancia va a recibir.
Retoques menores: corrección de color, limpieza de audio, estabilizado, borrado de un cableNormalmente noSon funciones de asistencia a la edición que no alteran sustancialmente el contenido.
Zona gris: fondos generados, extensiones de plano, relleno generativoCaso a casoDepende del peso de lo generado en la pieza. Aquí es donde documentar el criterio te protege.

Regla de la casa: cuando dudes, etiqueta y deja el porqué por escrito. La etiqueta bien integrada no penaliza la creatividad; el señalamiento público por no llevarla, sí.

Segunda decisión

Cómo se etiqueta en cada canal

La norma exige claridad, no una fórmula única. Esta es nuestra práctica recomendada, canal por canal.

CanalEtiqueta visible recomendadaAdemás
Televisión y VODSobreimpresión breve y legible al inicio o en el cierre de la piezaMención en la documentación de emisión que entrega la productora
Redes y plataformas (Meta, TikTok, YouTube)Casilla de declaración de la propia plataforma activadaIdentificación visible también en la pieza: la casilla no viaja con el vídeo si se reutiliza fuera
Web y displayMención en la creatividad o en la página de destino de la campañaMarcado técnico en los ficheros publicados
Exterior digital (DOOH)Rotulación integrada en la pieza, legible a la distancia del soporteCriterio documentado por versión de pantalla
Audio, radio y podcastMención locutada o rotulada en los materiales que acompañan a la cuñaMetadatos en el máster de audio

La capa que casi todos olvidan

El marcado legible por máquina

La etiqueta visible es la mitad del cumplimiento. La otra mitad vive dentro del fichero.

Qué es

Metadatos y credenciales de contenido incrustados en el máster que declaran su origen artificial de forma que un sistema pueda detectarlo, aunque la pieza se recomprima, se recorte o pierda la sobreimpresión por el camino.

Cómo se resuelve en la práctica

Se aplica al exportar los másteres finales, una vez por versión, dentro del flujo de postproducción. Bien integrado cuesta minutos por pieza; improvisado a posteriori, obliga a reabrir la producción entera.

Tercera decisión

Quién responde de qué en la cadena

Si la pieza se emite en territorio europeo, la obligación alcanza a toda la cadena, se haya generado el contenido donde se haya generado.

La marca

Es quien emite y quien da la cara ante el público y el regulador. Debe poder demostrar que la campaña salió conforme: acta y criterio por escrito.

La agencia

Idea la campaña y contrata la producción. Le toca preguntar por el etiquetado y los derechos antes de aprobar, y fijarlo en el contrato.

La productora

Ejecuta y entrega los másteres. Los suyos deben salir ya con etiqueta, marcado técnico y registro de qué planos son generados.

La herramienta que ordena todo esto es una cláusula de contrato que reparta la responsabilidad del artículo 50. En el taller gratuito entregamos una plantilla lista para adaptar.

Antes de emitir

La checklist de seis puntos

Lo que revisamos en cada campaña antes de que salga por la puerta.

1 · Inventario

Qué piezas y versiones componen la campaña y cuáles llevan contenido generado o alterado con IA.

2 · Criterio

Decisión de etiqueta por pieza, con el porqué por escrito, también para las que no la llevan.

3 · Etiqueta por canal

Identificación visible adaptada a cada medio donde se emitirá la versión.

4 · Marcado del máster

Metadatos y credenciales de contenido incrustados en todos los ficheros finales.

5 · Derechos

Cadena de derechos de música, voz e imagen documentada, con los modelos usados registrados.

6 · Contrato y archivo

Cláusula de responsabilidad firmada y archivo de versiones emitidas, por si alguien pregunta mañana.

El siguiente paso, gratis

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El 7 y el 27 de agosto impartimos el taller online gratuito: el artículo 50 sin jerga, el etiquetado por canal con ejemplos y turno de preguntas para tu caso. Quien reserva recibe la checklist completa y la plantilla de cláusula de contrato.

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Preguntas frecuentes

Las dudas que más nos llegan

¿Cuándo entra en vigor la obligación de etiquetar la publicidad con IA?
El 2 de agosto de 2026 en toda la Unión Europea, con régimen sancionador. Es la fecha de aplicación de las obligaciones de transparencia del artículo 50 del Reglamento de IA (AI Act). Si una pieza sigue emitiéndose después de esa fecha, debe cumplir aunque se produjera antes.
¿Tengo que etiquetar si solo usé IA para retocar la pieza?
Como criterio práctico: los ajustes menores de edición (color, limpieza de audio, estabilizado) no suelen activar la obligación. Sí la activan la generación de imagen, vídeo o voz desde cero y las alteraciones sustanciales de material real, como añadir escenas, cambiar rostros o clonar voces. La zona gris se resuelve documentando el criterio pieza a pieza.
¿Cómo se etiqueta un spot de televisión hecho con IA?
La norma no impone una fórmula cerrada: exige que el contenido sea identificable de forma clara. Nuestra práctica recomendada en televisión es una sobreimpresión breve y legible al inicio o en el cierre de la pieza, más la mención en la documentación de emisión que entrega la productora.
¿Qué es el marcado legible por máquina?
Información incrustada en el propio fichero, en forma de metadatos y credenciales de contenido, que permite a un sistema detectar que la pieza fue generada o alterada con IA aunque la etiqueta visible se pierda por el camino. Es la segunda capa que pide el artículo 50 y la que casi todo el mundo olvida.
¿Las plataformas como Meta, TikTok o YouTube no lo hacen ya por mí?
Sus casillas de declaración ayudan y hay que usarlas, pero no cubren todo: la obligación sobre la pieza es del anunciante y de su cadena, el marcado técnico del máster no lo hace la plataforma, y la misma pieza suele emitirse también fuera de ellas, en tu web, en televisión o en pantallas exteriores.
¿Quién es el responsable si una campaña no va etiquetada?
La cadena completa queda expuesta: la marca que emite, la agencia que idea y la productora que entrega. Por eso conviene fijar por contrato quién responde de qué, con una cláusula específica de cumplimiento del artículo 50. En nuestro taller gratuito entregamos una plantilla de esa cláusula.
¿Qué sanciones hay por no etiquetar?
El régimen sancionador del AI Act contempla multas administrativas que, para los incumplimientos de las obligaciones de transparencia, pueden llegar hasta los 15 millones de euros o el 3 por ciento de la facturación global anual. En la práctica, el daño llega antes por otra vía: un anuncio con IA sin declarar y señalado en redes quema la confianza en la marca en horas.

Fuentes: Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act), artículo 50 y régimen sancionador; Código de Buenas Prácticas de la Comisión Europea sobre marcado y etiquetado de contenido generado con IA (junio de 2026). Esta guía es orientación operativa, no dictamen jurídico: para casos singulares, consulta con tu asesoría legal.