Recurso gratuito · Artículo 50
Artículo 50 aplicable desde el 2-08-2026 · Revisión 23-08-2026
Seis controles voluntarios para separar lo obligatorio de lo recomendable: funciones, aplicabilidad, revelación cuando corresponda, marcado del proveedor, trazabilidad y derechos.
Descargar la checklist gratisQué contiene
La usamos para preparar campañas y detectar cuándo hace falta validación jurídica. Es un estándar voluntario de producción.
Piezas, sistemas, fecha de generación y quién actúa como proveedor o responsable del despliegue.
Deepfake, texto de interés público, edición asistiva, ficción o contexto de film/VFX.
Formato claro por canal o transparencia voluntaria elegida por la marca.
Qué marcado legible por máquina llega al resultado y cómo se preserva en el máster.
Herramientas, fuentes, música, voz, imagen, licencias y consentimientos documentados.
Versiones, decisiones, responsables y puntos que requieren asesoramiento jurídico.
Dinos quién eres y accedes a la checklist al momento, en versión web e imprimible. Sin cursos por goteo ni veinte correos después: la checklist y, como mucho, un aviso si cambia el criterio del regulador.
Lo esencial, en claro
La guía revisada explica el criterio completo y los ejemplos de film, VFX y edición asistiva.
No es universal para toda publicidad con IA. El responsable del despliegue debe revelar deepfakes y determinados textos generados o manipulados con IA publicados para informar sobre asuntos de interés público, salvo cuando exista revisión humana o control editorial y una persona asuma la responsabilidad editorial de la publicación. El contexto y las expectativas de la audiencia importan.
Corresponde al proveedor del sistema generativo facilitar resultados marcados y detectables. Nuestra checklist comprueba y procura preservar ese marcado; no convierte a la productora en certificadora.
La edición asistiva estándar puede quedar fuera del marcado del proveedor. Fondos, VFX y pre/postproducción no suelen ser deepfakes si el público no espera que sean auténticos o veraces; se revisan caso por caso.
El artículo 50 se aplica desde el 2-08-2026. No hay etiqueta retroactiva obligatoria para contenido generado antes. La gracia hasta el 2-12-2026 es limitada a ciertos sistemas previos y al marcado del proveedor.
Preguntas frecuentes
Fuentes oficiales: Reglamento (UE) 2024/1689; Directrices de la Comisión sobre el artículo 50; FAQ oficial de la Comisión; resumen oficial; y Reglamento (UE) 2026/1744. Información general, no asesoramiento jurídico. Revisión: 23-08-2026.
Si quieres aplicarla a una campaña
Consulta la guía revisada, solicita un taller bajo demanda o encarga una evaluación técnica de aplicabilidad, trazabilidad y derechos.
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