Recurso gratuito · Artículo 50

Checklist para evaluar publicidad con IA

Artículo 50 aplicable desde el 2-08-2026 · Revisión 23-08-2026

Seis controles voluntarios para separar lo obligatorio de lo recomendable: funciones, aplicabilidad, revelación cuando corresponda, marcado del proveedor, trazabilidad y derechos.

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Qué contiene

Seis controles, sin convertirlos en seis obligaciones

La usamos para preparar campañas y detectar cuándo hace falta validación jurídica. Es un estándar voluntario de producción.

1 · Inventario y funciones

Piezas, sistemas, fecha de generación y quién actúa como proveedor o responsable del despliegue.

2 · Aplicabilidad

Deepfake, texto de interés público, edición asistiva, ficción o contexto de film/VFX.

3 · Revelación, si corresponde

Formato claro por canal o transparencia voluntaria elegida por la marca.

4 · Marcado del proveedor

Qué marcado legible por máquina llega al resultado y cómo se preserva en el máster.

5 · Derechos y trazabilidad

Herramientas, fuentes, música, voz, imagen, licencias y consentimientos documentados.

6 · Archivo y revisión

Versiones, decisiones, responsables y puntos que requieren asesoramiento jurídico.

Norma: Reglamento (UE) 2024/1689, art. 50Retroactividad: no para contenido anterior al 2-08-2026Estándar: voluntario y documentadoRevisión: 23-08-2026

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Lo esencial, en claro

Qué exige realmente el artículo 50

La guía revisada explica el criterio completo y los ejemplos de film, VFX y edición asistiva.

Revelación visible

No es universal para toda publicidad con IA. El responsable del despliegue debe revelar deepfakes y determinados textos generados o manipulados con IA publicados para informar sobre asuntos de interés público, salvo cuando exista revisión humana o control editorial y una persona asuma la responsabilidad editorial de la publicación. El contexto y las expectativas de la audiencia importan.

Marcado técnico

Corresponde al proveedor del sistema generativo facilitar resultados marcados y detectables. Nuestra checklist comprueba y procura preservar ese marcado; no convierte a la productora en certificadora.

Edición, cine y VFX

La edición asistiva estándar puede quedar fuera del marcado del proveedor. Fondos, VFX y pre/postproducción no suelen ser deepfakes si el público no espera que sean auténticos o veraces; se revisan caso por caso.

Fechas

El artículo 50 se aplica desde el 2-08-2026. No hay etiqueta retroactiva obligatoria para contenido generado antes. La gracia hasta el 2-12-2026 es limitada a ciertos sistemas previos y al marcado del proveedor.

Preguntas frecuentes

Tres aclaraciones antes de descargar

¿Es obligatorio etiquetar todo el contenido hecho con IA en España?
No. Desde el 2 de agosto de 2026 se aplican los supuestos concretos del artículo 50: entre otros, el responsable del despliegue debe revelar deepfakes y determinados textos generados o manipulados con IA publicados para informar sobre asuntos de interés público, salvo cuando exista revisión humana o control editorial y una persona asuma la responsabilidad editorial de la publicación. El contenido generado antes de esa fecha no requiere etiquetado retroactivo.
¿Qué cubre esta checklist?
Seis controles voluntarios: inventario y funciones, evaluación de aplicabilidad, revelación cuando corresponda, comprobación del marcado del proveedor, derechos y trazabilidad, y archivo/revisión. No presenta esas seis capas como seis obligaciones legales ni sustituye una revisión jurídica.
¿La checklist es de verdad gratis? ¿Qué hacéis con mi email?
Es gratis y se abre al momento tras el formulario, en versión web e imprimible. Tu email solo se usa para entregar el recurso y para avisos relacionados que hayas aceptado. No constituye asesoramiento jurídico.

Fuentes oficiales: Reglamento (UE) 2024/1689; Directrices de la Comisión sobre el artículo 50; FAQ oficial de la Comisión; resumen oficial; y Reglamento (UE) 2026/1744. Información general, no asesoramiento jurídico. Revisión: 23-08-2026.

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